Mayra Marrufo.
Este viernes la Sección Quinta del Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del nombramiento de la subcontralora de Pereira, Claudia Cristina Mejía Barreneche, ya que el acto se profirió sin competencias. Se acreditó que la contralora de Pereira nombró a la demandada sin tener competencia, para la fecha en que dictó el acto ya había sido comunicada de la decisión del juez de lo electoral de suspenderla del ejercicio de su cargo.
Cande recordar que La Sala reiteró que el cumplimiento de la suspensión provisional y su ejecución son de carácter inmediato, la que no se interrumpe por la interposición de recursos o la presentación de peticiones para aclarar o adicionar la providencia. Se hizo énfasis en que la adopción de las medidas que deben adelantarse para su obedecimiento, incluidas las necesarias para proveer la vacante, tienen que dictarse sin demora.
Mientras tanto, el presidente del Concejo Municipal de Pereira, Carlos Hernán Muñoz, se manifestó:
“Lo que le preocupaba a la mesa directiva era el nombramiento que se había hecho por parte de la ex contralora Yenny Osorio porque ella había sido notificada un viernes de la decisión del Concejo de aceptar las medidas cautelares. Ella ya no podía seguir ejerciendo como contralora y el lunes siguiente nombró a la Dra. Cristina Mejía Barreneche y hoy el Concejo de Estado decretó la nulidad de ese acto administrativo por medio del cual fue nombrada la Dra. Cristina Mejía Barreneche porque aducen lo que nosotros pensábamos que ese era un fallo de ejecutoria inmediata y que por eso ella no podía ejercer como Contralora de Pereira”.
RESUELVE:
Suspensión provisional. Ejecución inmediata de medidas cautelares –Reiteración jurisprudencial.
PRIMERO: REVÓCASE el auto de 5 de octubre de 2022 proferido por el Tribunal Administrativo de Risaralda y, en su lugar, se dispone:
SEGUNDO: DECRETAR la suspensión provisional de los efectos de la Resolución núm. 285 de 8 de agosto de 2022 proferida por la contralora municipal de Pereira, Jenny Constanza Osorio Vélez, en lo atinente a la designación como subcontralora de dicha municipalidad a la señora Claudia Cristina Mejía Barreneche, de conformidad con las consideraciones de esta providencia.
TERCERO: DEVOLVER el expediente al Tribunal.



