El Juzgado Octavo Civil Municipal de Pereira emitió una providencia que ordena la suspensión inmediata de la Asamblea General Ordinaria de Afiliados No. 75 de Comfamiliar Risaralda, prevista para el próximo 30 de mayo de 2025, hasta que se resuelva de fondo la acción de tutela interpuesta contra la entidad.
La acción de tutela fue presentada por la señora Natalia Maya Giraldo, representante legal de la empresa Inversiones Maya Giraldo S.A.S., quien alega presunta vulneración de sus derechos fundamentales, en especial los relacionados con el debido proceso, la igualdad y la asociación.
En la decisión, el juzgado resaltó la necesidad de proteger dichos derechos y justificó la medida provisional de suspensión para evitar que la decisión final sea ineficaz o irrisoria. Además, vinculó a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al presidente del Consejo Directivo de Comfamiliar Risaralda al proceso judicial.
Comfamiliar Risaralda fue requerida para entregar en un plazo de un día la lista completa de las empresas afiliadas, con sus datos y canales de notificación, para garantizar que todas queden debidamente informadas y vinculadas a este trámite.
El Director Administrativo Suplente de Comfamiliar Risaralda comunicó que, en cumplimiento de la orden judicial, la asamblea queda suspendida y que no se programará una nueva fecha hasta que exista un fallo definitivo y en firme. Asimismo, aclaró que lo avanzado en el procedimiento hasta la fecha —como la validación de poderes y credenciales— se mantendrá igual sin posibilidad de modificación mientras se resuelve el caso.
A pesar de esta situación, la institución reafirmó que continuará brindando sus servicios con normalidad a sus afiliados y al público en general, garantizando tranquilidad a las empresas y ciudadanos risaraldenses.
Resumen de la resolución judicial:
- Se admite la acción de tutela contra Comfamiliar Risaralda.
- Se vincula a la Superintendencia del Subsidio Familiar y al presidente del Consejo Directivo de Comfamiliar Risaralda.
- Se ordena la suspensión inmediata de la Asamblea No. 75 convocada para el 30 de mayo.
- Se requiere la lista de empresas afiliadas para notificación y vinculación al proceso.
- La asamblea solo se reprogramará si el fallo definitivo así lo determina, manteniendo el estado actual de los procedimientos.
Esta medida busca garantizar el respeto por los derechos fundamentales de las partes involucradas y evitar perjuicios mientras se decide la controversia legal.



