La decisión fue adoptada por la Sala Plena mientras se emite un fallo de fondo, con el argumento de evitar daños irreparables en el recaudo de impuestos que requerían trámite legislativo.31
La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional del decreto de emergencia económica 1390 de 2025 declarado por el Gobierno en diciembre pasado, así como del decreto 1474 de 2025, que estableció el paquete de impuestos, mientras se adelanta el estudio de fondo sobre su constitucionalidad. Según explicó el alto tribunal, la medida busca evitar “daños irreparables” en el recaudo de tributos de aplicación inmediata que, de acuerdo con la Corte, debían tramitarse por la vía ordinaria y contar con la aprobación del Congreso de la República.
La iniciativa de suspender el decreto fue presentada inicialmente por el presidente de la Corte, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, y posteriormente respaldada por el magistrado ponente del caso, Carlos Camargo, recientemente incorporado a la corporación. La decisión tiene efectos inmediatos y se mantendrá vigente hasta que la Sala Plena emita un pronunciamiento definitivo. En la votación participaron ocho magistrados, con un resultado de seis votos a favor de la suspensión y dos en contra.
Reacciones
Julio Leal
Consultor económico y político

“La decisión de la Corte frente a la reforma tributaria y la declaratoria de emergencia económica es acertada, ya que el Gobierno estaba atribuyéndose funciones que corresponden al Congreso. Además, la justificación presentada no era válida, pues no existía una verdadera emergencia económica ni un sustento técnico sólido. La falta de recursos para el gasto público no constituye, por sí sola, una emergencia. En este caso, el Gobierno intentó sustituir al Congreso sin una justificación adecuada.”
Juan Manuel Charry
Constitucionalista

“La suspensión implica que tanto el decreto de declaratoria como el de las medidas tributarias dejan de producir efectos. En consecuencia, se interrumpe la recaudación del tributo, mientras la Corte Constitucional continúa con el proceso de revisión automática hasta la expedición de la sentencia, la cual podrá declarar la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de las normas.
En principio, las decisiones tienen efectos hacia el futuro; sin embargo, la Corte puede modular la sentencia y otorgarle efectos retroactivos, ordenando la devolución de los recursos recaudados, en la medida en que ello sea posible y cuando así lo determine.”
La decisión tiene efecto inmediato?
Sí. Las determinaciones de la Corte Constitucional comienzan a regir desde el momento en que se hacen públicas. En este caso, el alto tribunal informó mediante un boletín la suspensión provisional del decreto declarativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, que declaró el Estado de Emergencia Económica y Social, así como del decreto 1474 de 2025, con el que se establecía el paquete de impuestos.
¿El paquete tributario queda suspendido?
Sí. El Gobierno había fijado un IVA del 19 % para bebidas alcohólicas como aguardiente, ron, whisky y vinos, que anteriormente estaban gravadas con una tarifa del 5 %. La medida también incluía a los juegos de suerte y azar operados en línea. Además, se creó un impuesto al patrimonio que bajaba el umbral a capitales desde los 2.000 millones de pesos y se incrementó la sobretasa del impuesto de renta para bancos y otras entidades del sistema financiero, entre otros cambios. Todas estas disposiciones quedan congeladas.
¿Cuándo se conocería una decisión de fondo?
En un plazo aproximado de tres meses el país podría conocer el fallo definitivo y las órdenes que emita la Corte Constitucional. Hasta entonces, el paquete de impuestos permanecerá suspendido.
El dato
Con los decretos expedidos en el marco de la emergencia económica, el Gobierno proyectaba un recaudo de 11,1 billones de pesos en impuestos.



