La forma de investigar y juzgar a los integrantes de la Fuerza Pública que cometan presuntos delitos en actos del servicio o tengan relación con el mismo, empezó a cambiar en Colombia en julio de 2022, cuando se inició con el plan piloto en Bogotá para la aplicación del Sistema Acusatorio oral, regido por la Ley 1407 de 2010, o Código Penal Militar.

En la segunda fase, que inicia en 2023, Pereira es una de las ciudades incluidas para la implementación de este nuevo sistema penal acusatorio militar. Por tal motivo, ayer, en el auditorio Pablo Oliveros Marmolejo de la Universidad Área Andina, los asistentes escucharon a tres oficiales de la Policía Nacional que vinieron a explicar en qué consiste y cómo va a funcionar el Sistema penal oral en la justicia penal y militar en Colombia.

El Brigadier General Marco Aurelio Bolívar Suárez, Fiscal General de la Justicia Penal Militar y Policial de la Jurisdicción especializada, y uno de los ponentes del Foro explicó que “desde nuestra misionalidad Constitucional y legal aportamos nuestro grano de arena” para que a partir de esta transición de una forma de justicia inquisitiva, que aún rige en la mayor parte del país y está reglada por la Ley 522 de 1999, a una acusatoria, la Fuerza Pública tenga “una jurisdicción mucho más proba, más inmediata, y así podamos llevar a la sociedad una verdadera justicia en la investigación que se le hace a todos los miembros de la Fuerza Pública, militares o policías”.
En este nuevo sistema acusatorio hay cambios fundamentales. Uno es el que hace referencia a la estructura de la investigación judicial, que bajo la Ley 1407 está a cargo de la Fiscalía General Penal Militar y Policial. Otro es el juzgamiento, que queda a cargo de los Jueces de Control de Garantías y los Jueces de Conocimiento, para la segunda instancia. Cabe anotar que en ambas jurisdicciones, la Procuraduría General de la Nación vigila estos procesos contra los integrantes de la Fuerza Pública, desde los primeros actos de investigación.

Otro aspecto que varía es que en este nuevo sistema de justicia las audiencias serán públicas, salvo las excepciones de Ley, y permitirá “mayor prontitud para llegar a las decisiones que en derecho correspondan, que hace parte del debido proceso”, precisó el Brigadier General Bolívar.
También pueden hacer parte del proceso las víctimas y/o sus abogados, para lo cual deberán “demostrar sumariamente la calidad que tiene de víctima”, dijo el alto oficial. Y por supuesto, los abogados defensores, que pueden ser de la Defensoría del Pueblo o contratados. Dentro de la estructura de la jurisdicción penal militar, los jueces y fiscales pueden ser personal activo de las Fuerzas, retirados o personal civil.
El Brigadier General Bolívar, quien también hace parte del Consejo de Política Criminal, explicó que “cuando se rompe el nexo con el servicio, -en alusión a los presuntos delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública-, la investigación pasa a la justicia ordinaria”.



