La Corte Constitucional estudia por primera vez dos licencias de maternidad por el mismo hijo

El caso de Paola y Andrea, una pareja de mujeres que usó el método ROPA, podría cambiar las reglas del juego para las familias homoparentales en Colombia.

La Corte Constitucional de Colombia analiza por primera vez en su historia un caso que podría marcar un antes y un después en el reconocimiento de las familias diversas: la posibilidad de otorgar dos licencias de maternidad por el mismo hijo a una pareja de mujeres.

Paola —mujer negra, lesbiana y primera profesional afro en ejercer su cargo en su institución— siempre quiso ser madre. En 2024, junto con su pareja, Andrea, decidieron hacerlo realidad a través del método de recepción de ovocitos de la pareja (ROPA): una de ellas aportó los óvulos y la otra llevó el embarazo, mediante fecundación in vitro. El procedimiento funcionó y en febrero de este año nació su hijo, a quien la Corte identifica como Marcos.

Lo que comenzó como un proyecto de maternidad compartida terminó convertido en una batalla legal que hoy revela los vacíos jurídicos que enfrentan las parejas del mismo sexo al ejercer el derecho al cuidado.


Un parto anticipado y una maternidad a contrarreloj

El embarazo no fue sencillo. Tras seis meses de exámenes, hormonas, agujas, medicamentos y una fuerte inversión económica, los médicos proyectaron que el parto sería en marzo de 2025. Pero Andrea desarrolló preeclampsia gestacional y el nacimiento se adelantó de forma abrupta.

Marcos pasó seis días en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, mientras Andrea permanecía hospitalizada. Los médicos fueron claros: por su estado de salud, ella no podría hacerse cargo de la alimentación ni de los cuidados permanentes del bebé. En su lugar, requería un “acompañamiento permanente de quien pueda cangurearlo y amamantarlo”.

Desde entonces, Paola asumió casi por completo los cuidados de ambos. Se sometió incluso a un procedimiento para poder lactar y compartir la tarea de alimentación de Marcos.

Al principio, el hospital donde trabaja Paola le dio apoyo y no objetó su ausencia. Pero el verdadero choque llegó cuando pidió a su EPS que reconociera su licencia de maternidad de 17 semanas. La respuesta fue tajante: solo le reconocían una licencia de paternidad de 14 días, desconociendo el contexto de reproducción asistida y el modelo de maternidad compartida que habían construido.


De los juzgados ordinarios a la Corte Constitucional

Paola y Andrea interpusieron una acción de tutela contra la EPS, alegando vulneración de sus derechos fundamentales y del reconocimiento constitucional de su modelo de familia.

Un juzgado civil del circuito de Bogotá negó sus pretensiones. La Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá confirmó el fallo, argumentando que la licencia de maternidad está destinada a “la recuperación física y el cuidado del recién nacido”, y que en el caso de Paola, al no haber gestado el embarazo, ese objetivo no aplicaba.

El proceso tomó un giro crucial cuando, en agosto, la Corte Constitucional seleccionó el caso para revisión. Detrás de la demanda está la organización jurídica Ilex, especializada en la defensa de los derechos de personas racializadas y poblaciones históricamente discriminadas.

“En el contexto regional, donde hay un amplio debate sobre los derechos fundamentales de las poblaciones históricamente discriminadas, es clave que la Corte revise el caso”, explica Dayana Blanco, directora de Ilex. “Ese mensaje dice: ‘nos encontramos del lado de las poblaciones excluidas, como las personas del mismo sexo que han decidido formar una familia’”, añade Sibelys Mejía, encargada de Movilización Legal de la organización.


Un vacío legal para las familias diversas

La jurisprudencia colombiana sobre licencias de maternidad y paternidad en parejas homoparentales sigue siendo limitada. El antecedente más visible es la sentencia C-415 de 2022, en la que la Corte reconoció a parejas del mismo sexo la posibilidad de acceder a licencias parentales compartidas o flexibles, tras el caso de dos hombres que adoptaron un bebé.

Sin embargo, esa decisión no resuelve los dilemas del método ROPA ni la idea de una maternidad verdaderamente compartida, como la que Paola y Andrea diseñaron desde el inicio: una aporta la carga genética; la otra, la gestación; las dos, el cuidado.

Mientras avanza el proceso, la vida cotidiana sigue: Paola obtuvo un permiso de lactancia, Andrea ha mejorado en su salud y puede cuidar más tiempo de Marcos en casa. Pero ellas no han soltado la pelea.

“Para mí es una posición política, una necesidad de seguir cambiando culturalmente porque, al final, las leyes van a su ritmo, pero nuestras vidas siguen”, dice Paola, quien está dispuesta a llegar hasta las últimas consecuencias.


Lo que se juega en la Corte

Para Ilex, este no es solo un caso individual, sino una discusión de fondo sobre el derecho al cuidado en las familias homoparentales.

“Cuando las mujeres lesbianas deciden formar familia, ni el Estado ni el derecho pueden limitar la forma en la que se ejercen el cuidado y la maternidad. Esa es la discusión de fondo y esperamos que la Corte falle positivamente”, afirma Blanco.

El pasado 9 de octubre, la magistrada ponente, Natalia Ángel, ordenó la práctica de pruebas y la solicitud de opiniones a organizaciones expertas en derechos sexuales y reproductivos. Se espera una decisión a comienzos del próximo año.

Sea cual sea el fallo, Paola y Andrea sienten que algo ya cambió: su historia puso en la agenda pública la pregunta incómoda que la ley aún no contesta del todo: ¿cómo garantizar el derecho al cuidado y a la maternidad en familias que no encajan en el molde tradicional?

Su respuesta es clara: su amor y legitimidad como familia no caben ni se agotan en marcos normativos viejos. Y, como tantas veces antes, han decidido que su vida también sea una forma de resistencia.

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