Los cargos burocráticos que están representados en su mayoría en las conocidas ‘nóminas paralelas’, serán eliminados.
Los ministros serán los encargados de hacer cumplir la orden impartida por el presidente Gustavo Petro de “desmantelar” las nóminas paralelas. Aunque parece que será una labor titánica, porque en el proceso de empalme no recibieron un informe detallado de la contratación bajo la modalidad de prestación de servicios, que es la que se interpreta como nómina paralela, advirtió Mauricio Lizcano, director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Dapre, en declaraciones a medios de comunicación nacionales.
Al respecto, el diputado Daniel Silva, especialista además en Contratación Estatal, explicó que “las nóminas paralelas son los contratos de prestación de servicios que firman las entidades públicas, bien sea nacionales o territoriales, que en muchas ocasiones es tan alto su número que superan a los funcionarios de planta o de carrera administrativa”.
Esta modalidad de contratación viene de tiempo atrás. Ya en el 2015, el Departamento Administrativo de la Función Pública alertó sobre la existencia de las ‘nóminas paralelas’, cuando precisó en concepto entregado en respuesta a la solicitud elevada ante esa entidad para verificar la viabilidad legal de los contratos por prestación de servicios, que “en la actualidad se ha implantado como práctica usual en las relaciones laborales con el Estado la reducción de las plantas de personal de las entidades públicas, el aumento de contratos de prestación de servicios para el desempeño de funciones permanentes de la administración y de lo que ahora es un concepto acuñado y públicamente reconocido: la suscripción de “nóminas paralelas”.
De igual forma, observó la entidad, esta modalidad de contratación empezó a hacerse a través de cooperativas de trabajadores, empresas de servicios temporales o los denominados outsourcing, y en ocasiones, de forma directa.
Aunque es una forma de contratación que está permitida por la ley, políticos que hacen parte de la coalición de gobierno, la señalan como una forma de “hacer política”.
Al respecto, Mauricio Lizcano dijo “son contratistas que están trabajando de ‘corbata’ o por recomendaciones políticas, o que realmente no están trabajando”.
“A quienes contratan bajo esta modalidad de prestación de servicios, les dan contratos de tres, cuatro, seis meses. Esa es una de las formas en que hacen política ‘los clanes tradicionales’, precisó el diputado Silva.
Además, dijo, “se presta para que a mucha gente le den contratos y no vaya a trabajar, porque como el contrato por OPS implica que no se deben cumplir horarios, sino alcanzar objetivos y unas metas mensuales, entonces se presta para eso. Y también trae como consecuencia que una sola persona tenga diversidad de contratos con diferentes entidades estatales, a veces hasta cuatro, cinco o seis contratos simultáneos, que humanamente es imposible cumplirlos, porque en el fondo son favores políticos”.
En sentido similar se pronunció la congresista por el Partido Alianza Verde, Carolina Giraldo, quien celebró la orden impartida desde Presidencia, porque “los cargos del Estado deben ser por méritos y no por politiquería. Esperamos que esta condición se cumpla en los cargos a proveer”. Destacó además “que se reconozca esta problemática, que se admita que existe el problema y que se busque la solución”.
Contratos por prestación de servicios sí están permitidos
Según el concepto 160931 del Departamento Administrativo de la Función Pública, fechado en el 2015, en el Estado están permitidos los contratos de prestación de servicios, cuando sean necesarios “para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad”, y sólo podrán hacerse con personas naturales, “cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados”, precisa el inciso 3o. del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 -Estatuto General de Contratación de la Administración Pública- . “En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable”. Explican en el concepto jurídico, además, que de esta manera se guarda concordancia con lo establecido en el artículo 123 de la Constitución Política, que autoriza a los particulares a desempeñar funciones públicas de forma temporal.
Sin embargo, advierte la Función Pública, que esta forma de contratación “afecta de manera estructural la Carta de 1991”, por cuanto se salta las normas de la carrera administrativa “como instrumento esencial para que el mérito sea la única regla de acceso y permanencia en la función pública”.
DESTACADO
He dado la orden en Consejo de ministros de desmantelar todas las nóminas paralelas que existan en las entidades públicas y de eliminar todo gasto suntuario o superfluo.
DATO
En la Presidencia de la República serán suspendidas la mayor parte de las Altas Consejerías. Eran 12 y esperan dejar máximo cinco, entre ellas el Alto Comisionado para la Paz y la Consejería de la Juventud.



