La Sala Plena de la Corte Constitucional declar? inexequible el art?culo 33 de la Ley 136 de 1994, que establec?a que, cuando el desarrollo de actividades mineras, tur?sticas o de otro tipo presentara un cambio significativo en el uso del suelo que diera lugar a la transformaci?n de actividades tradicionales del municipio, se deb?a realizar una consulta popular para establecer si la poblaci?n estaba o no de acuerdo.
Sin embargo, la Corte consider? que el art?culo 33 desconoc?a el art?culo 105 de la Constituci?n Pol?tica, que establece que los municipios pueden realizar consultas populares para decidir ?nicamente sobre los asuntos que son competencia del respectivo departamento o municipio, as? como también consider? que se deb?a tramitar por medio de ley org?nica, por la cual se distribuyen las competencias entre la Naci?n y las entidades territoriales.
Gloria Stella Ortiz Delgado, presidenta de la Corte Constitucional, dijo que sobre el uso del suelo es muy importante que el alcalde de cada municipio haga un proceso.
?Este es un asunto que me interesa solo a m? en mi municipio, es un asunto que no tiene un impacto en la naci?n, entonces yo puedo seguir adelante con las reglas de la Ley 1757, que hace referencia a los mecanismos de participaci?n ciudadana y ah? tiene unas reglas del juego?, dijo la magistrada.
Por el contrario, se?ala Ortiz Delgado, ?si es un asunto que tiene un impacto o que est? muy cerca con los intereses de la naci?n, tiene que esperar una ley org?nica?.
Sector minero
El sector minero se mostr? optimista con este fallo, pues ratifica lo que se estableci? el pasado 11 de octubre en la sentencia SU-095 de 2018, la cual dispuso que las consultas populares no son el mecanismo id?neo para decidir sobre asuntos relacionados con el subsuelo y los recursos naturales no renovables.
Al respecto Juan Camilo Nari?o, presidente de la Asociaci?n Colombiana de Miner?a (ACM) expres? que ?esta decisi?n ratifica el orden constitucional del pa?s acerca de las competencias entre los entes territoriales y la naci?n, y por tanto permite que el sector minero colombiano, que busca aportar al desarrollo de las regiones y del pa?s, pueda desarrollarse en similares condiciones que otros sectores productivos como el tur?stico o el agropecuario?.
En comunicado, la ACM se?al? que coadyuv? en el proceso argumentando que el art?culo demandado vulner? y desconoci? los art?culos 105, 151 y 288 de la Constituci?n Pol?tica, que establecen que por medio de ley org?nica se asignar?n las competencias de las entidades territoriales y la Naci?n, bajo los principios de coordinaci?n, concurrencia y subsidiariedad.
Reacciones
En Risaralda, por supuesto, este tema tuvo reacciones en la dirigencia política. La concejala de Pereira por el Partido Alianza Verde, Carolina Giraldo, considera que la decisi?n de la Corte Constitucional ?es centralista? al quitarle facultades a la ciudadan?a, a los municipios y concejos municipales sobre el uso del suelo.
?Determinar si un proyecto es exclusivamente de inter?s municipal y no nacional puede llegar a ser ambiguo en ciertos casos, sin que quede claro qui?n lo determina. En el caso de la explotaci?n del subsuelo, la Corte se pone del lado de la gran miner?a pasando por encima de quienes habitan el territorio y proponen otras posibilidades de desarrollo más sostenible?, dijo Giraldo.
Por su parte, el diputado de Cambio Radical, Alex?nder Garc?a, dice que no est? de acuerdo con que se le pongan l?mites a la participaci?n ciudadana, ?porque a la gente hay que darle la posibilidad de expresarse a trav?s del voto?.
Y manifiesta que desde el punto de vista gubernamental esta decisi?n puede atentar contra el presupuesto de la Naci?n. ?Podr?a traer demandas y contrademandas de empresas mineras y eso ir?a en contra del presupuesto nacional?, dijo Garc?a.
Y el también diputado, pero de la U, John Jairo Arias, piensa que es muy delicado el fallo de la Corte Constitucional. ?Me parece que quitarle el derecho al pueblo de tomar decisiones tan trascendentales, sobre todo en materia ambiental, es delicado?.
Y dijo que esta decisi?n podráa impactar en Risaralda. ?Por ejemplo en La Virginia se est? moviendo una consulta popular por el tema de Miralindo, pero como es un tema ambiental, ah? quedar?a la fuerza de los campesinos y asociaciones que quieren llevar a consulta popular el hecho de que les construyan una Plataforma Log?stica del Eje Cafetero en una zona totalmente rural y que no est? incluida en el POT del municipio?, dijo el diputado Arias.



