El proyecto de Ley Estatutaria No. 409 de 2020 Cámara – 234 de 2020 fue propuesta por sus autores, el registrador nacional Alexánder Vega Rocha, la entonces ministra del Interior Alicia Arango Olmos y el presidente del Consejo Nacional Electoral Hernán Penagos Giraldo, para que fuera aprobada en el Congreso. El 11 de diciembre de 2020 en plenaria de la Cámara de Representantes fue aprobada con 138 votos a favor.
¿Una caída anunciada?
El magistrado Alejandro Linares presentó la ponencia que terminó declarando la inconstitucionalidad por vicios de procedimiento en el trámite de la Ley Estatutaria en el Congreso. La revisión al tema se dio en la Sala Plena de la Corte Constitucional donde tres magistrados presentaron impedimentos que no fueron aceptados.
La Corte Constitucional informó que tras el análisis al proceso de debate y aprobación del nuevo Código Electoral se determinó que se tramitó en sesiones extraordinarias, de manera semipresencial y fuera de la legislatura, lo que constituía una violación directa a la ley. Según lo establecido por la Sentencia C-242 de tratarse de una ley estatutaria debía priorizarse la presencialidad.
En la sentencia C-133/22, la Corte señala que hubo ausencia de un debate amplio, trascendente y participativo, además que no se cumplió con realizar la consulta previa del proyecto dado que algunos artículos tenían la posibilidad de causar afectaciones a pueblos indígenas y tribales.
La votación que tumbó el Código fue así: Los magistrados Jorge Enrique Ibañez Najar, Gloria Stella Ortiz Delgado, Paola Andrea Meneses Mosquera salvaron su voto respecto a la decisión adoptada por la Sala Plena y Diana Fajardo Rivera, Natalia Ángel Cabo y Antonio José Lizarazo Ocampo se reservaron la aclaración de voto.
Las reacciones en la región

El abogado y también diputado de la Coalición Alternativos, Daniel Silva se pronunció al respecto indicando que “considero que es una decisión acertada de la Corte, porque le hace control a las decisiones aceleradas que toma el Congreso, sin respetar los procedimientos establecidos. Es necesario una reforma al Código, pero cumpliendo con los parámetros de aprobación”.

Por su parte el recientemente electo representante a la Cámara, Alejandro García indicó que “el hundimiento del código electoral, por la Corte, era una tragedia anunciada. Se tramitó la carrera, incumpliendo la ley. Los nuevos congresistas seremos quiénes nos encargaremos de debatir y aprobar un nuevo código electoral sin tachas, que cumpla con todas las normas. Es una deuda con el país, ya que la norma actual tiene más de 30 años. Necesitamos darle garantías a las mujeres con las listas de paridad de género, nos urge el uso de la tecnología en el sistema, entre otros temas importantes”.

Al respecto, la representante a la Cámara Carolina Giraldo afirmó “estos días se podían calificar como la mala hora del registrador Vega, primero por las inconsistencias que se encontraron en el escrutinio de las elecciones a Congreso y ahora porque se cae el código electoral de su autoría por vicios de trámite, como de hecho estaba anunciado. Colombia necesita una reforma política, incluida la reforma al código electoral que mejore la tecnología en las elecciones, garantice la paridad, entre otras, y sin duda se deberá tramitar de nuevo por parte del próximo Congreso, esta vez sin vicios de trámites y sin la mermelada para la Registraduría con la que había sido aprobado”.
La Ley Estatutaria pretendía reformar el Código Electoral de Colombia que llevaba 34 años sin reformarse. Al caerse la propuesta se terminó el camino de reformas electorales.
- A los jurados y testigos electorales se les permitiría grabar el proceso de escrutinio y se establecería que solo en el formulario E-14 se reportaran los votos depositados.
- La Paridad de género: En las listas de corporaciones públicas debía figurar 50% mujeres y 50% hombres. Se crearían más de 1.000 cargos nuevos entre los que se encuentran registradores municipales, delegados y especiales para los 32 departamentos.
- La biometría: La reforma le daba al registrador nacional la potestad total en la identificación y autenticación de los datos biométricos de los colombianos. Contemplaba el uso de nueva tecnología y pilotos para el voto electrónico mixto.
- Las empresas encuestadoras debían registrar los contratos que celebraban para sondeos ante el Consejo Nacional Electoral. Se modificaría el calendario electoral: Con la reforma, las elecciones regionales serían celebradas en septiembre y no en octubre.
Lo más vergonzoso sobre el #CódigoElectoral de Alex Vega que se acaba de caer, es que el Congreso, totalmente advertido de que no podía tramitar esta ley estatutaria por videollamada, lo hizo.
La próxima reforma que se debe caer, con el mismo argumento, es la de la Procuraduría.
— Cathy Juvinao 🏛🇨🇴 (@CathyJuvinao) April 22, 2022



