Lista la Ley ‘Dejen de fregar’, qué alivio

Un tatequieto le impuso la legislación colombiana a todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, así como a todas las personas naturales y jurídicas que ejercen actividades de cobranza, ya que solo podrán contactar a los consumidores mediante los canales que estos autoricen para tal efecto. Los mismos que deberán ser informados y socializados previamente por parte de las entidades de cobranza con el fin de que los consumidores elijan cuáles autorizan.

 

La Ley 2300 del 10 de julio de 2023, conocida como la Ley Dejen de fregar, por medio de la cual se establecen las medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores, tiene por objeto protegerlos al establecer los canales, el horario y la periodicidad en la que estos pueden ser contactados por las entidades vigiladas, así como quienes adelanten gestiones de cobranzas de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.

 

El cobro deberá realizarse de manera respetuosa y sin afectar la intimidad personal, ni familiar del consumidor dentro del horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m a 3:00 p.m, quedaron excluídos los contactos con el consumidor los domingos y días festivos. El incumplimiento se sancionará por la Superintendencia Financiera o la Superintendencia de Industria y Comercio de acuerdo con lo establecido en la Ley Estatutaria 1266 de 2008 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

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