Normativa sobre vidrios polarizados en vehículos

Las autoridades han introducido una nueva regulación sobre el uso de vidrios entintados, con el propósito de promover la seguridad vial y garantizar el cumplimiento normativo en carreteras.

La medida, que entrará en vigor próximamente, establece requisitos específicos para conductores que deseen equipar sus automóviles con este tipo de vidrios. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta normativa y su impacto en los conductores.

Robinson Gómez, representante legal de Consultores Robinson Gómez, experto en asesoría para el sistema de sector tránsito y transporte, explica para es los vidrios polarizados tienen porcentajes permitidos de transmisión de luz que van desde el 70%, siendo el más claro, hasta el 14%, el más oscuro o entintado.

Para obtener autorización para el uso de vidrios polarizados, los interesados deben dirigirse a la oficina de la SIJIN del comando de policía del departamento y metropolitana. Allí, deberán realizar la solicitud, diligenciar el formulario y someter el vehículo a una revisión técnica en la Unidad Técnica de Identificación de Automotores para verificar la originalidad de los sistemas de identificación.

Costos y Renovación

El valor es de 20 salarios mínimos diarios legales vigentes, válidos por un período de 2 años. La renovación debe realizarse con 6 meses de anticipación y tiene un costo de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Para miembros activos de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, el costo es de 10 salarios mínimos legales vigentes.

Para efectuar los pagos, la Dirección de Investigación Criminal e Interpol ha habilitado una cuenta en el Banco Popular (número cuenta: 11 01 4000 1744) o se puede realizar por pago seguro en línea. 

Atención estos son los requisitos

Gómez aclara que para mayor claridad los solicitantes, ya sean personas naturales o jurídicas, deben presentar los siguientes documentos:

– Solicitud dirigida al Director Central de Policía Judicial de la Policía Nacional.

– Copia del recibo de consignación al respectivo Comando de Metropolitana o Departamento de Policía por valor de veinte salarios mínimos diarios legales vigentes (20 SMDLV).

– Estudio de seguridad realizado por la Dirección de inteligencia, que recomiende la necesidad del uso de vidrios polarizados, entintados u oscurecidos como medida de protección personal.

– Revisión técnica del vehículo realizada por los Grupos de Automotores de la Dirección Central de Policía Judicial, que constate los sistemas de identificación del vehículo y la ausencia de vidrios polarizados, entintados u oscurecidos, excepto si existe un permiso vigente anterior.

– Certificado expedido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que justifique la necesidad del uso de vidrios polarizados por motivos de salud.

– Fotocopia de la licencia de tránsito y seguro obligatorio del vehículo.

– Paz y salvo de impuestos y gravámenes del vehículo.

– Fotocopia de la cédula de ciudadanía del interesado o NIT de la persona jurídica.

– Certificado de la Cámara de Comercio para persona jurídica, con expedición no superior a 30 días.

– Certificado de domicilio expedido por el Comandante de la Policía del lugar.

– Certificado Judicial vigente de la persona que utilizará el permiso.

– Oficio que establezca el registro ante la Cámara de Comercio y la razón social de la empresa en caso de realizar el polarizado, entintamiento u oscurecimiento de los vidrios.

 

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