Conozca el ABC de la Transición Energética actual en Colombia

La nueva ley de Transición Energética contribuye a la lucha contra el cambio climático, establece incentivos tributarios y estímulos para inversiones a gran escala,

El Congreso de la República promulgó el pasado 10 de julio de 2021 la Ley 2099, mejor conocida como “Ley de Transición Energética” que, entre otras cosas, busca que Colombia se convierta en un país atractivo para la inversión en energías renovables no convencionales, establece incentivos tributarios a las empresas que contribuyan a la lucha contra el cambio climático, deducciones en gravámenes y aranceles para los proyectos de hidrógeno verde y azul, así como estímulos para inversiones y equipos de almacenamiento de energía a gran escala.

Por otro lado, establece iniciativas para mejorar y ampliar la cobertura del servicio de energía eléctrica en las zonas más apartadas de Colombia y excluye del IVA la adquisición de bienes y servicios para el desarrollo de proyectos de generación con fuentes no convencionales y de gestión eficiente de la energía. Del mismo modo, el Gobierno adoptará programas para promover la energía eléctrica, así como el uso de hidrógeno y gas combustible en el transporte tanto público como de carga.

El avance que ha tenido el país en este tema ha llevado a que exista la necesidad de propender por “la promoción, estímulo e incentivo al desarrollo de las actividades de producción, utilización, almacenamiento, administración, operación y mantenimiento de las fuentes no convencionales de energía, así como el uso eficiente de la energía, dos características que se declaran como un asunto de utilidad pública e interés social, público y de conveniencia nacional.

“Esta Ley nace con el gran reto de dar un salto hacia la transición energética (por ello su nombre) que permita la utilización sostenible de los recursos y garantizar el abastecimiento energético generando un impacto positivo al medio ambiente”, explicó Daniel Rodríguez, socio de CMS Rodríguez-Azuero.

Novedades normativas

La Ley reconoce el hidrógeno azul y verde como fuentes no convencionales de energía renovable y, además, apuesta para el fortalecemiento de acciones en contra del cambio climático y la consolidación de la transición energética, introduciendo cambios normativos que modernizan el sector. 

Beneficios tributarios

De acuerdo con la Ley 2099, los beneficios tributarios y arancelarios y los tratamientos fiscales continuarán vigentes por un plazo de 30 años, contados a partir del 1º. de julio de 2021. Una vez cumplido dicho plazo, las inversiones y bienes tendrán el tratamiento tributario general y no gozarán de tratamientos tributarios especiales.

Energía Geotérmica

Con la Ley de Transición Energética se creó el registro geotérmico en el cual estarán inscritos todos aquellos proyectos destinados a explorar y explotar la geotermia para generar energía eléctrica. Le corresponde al Ministerio de Minas y Energía, o la entidad que éste designe, establecer condiciones especiales de registro para aquellos proyectos ya existentes de coproducción de energía eléctrica e hidrocarburos; adoptar las medidas necesarias para evitar la superposición de proyectos y determinar las condiciones, plazos, requisitos y las obligaciones bajo las cuales los interesados obtendrán, mantendrán y perderán este registro.

 

 

 

 

 

 

Exploración y explotación

Así mismo, se establecieron las conductas que se consideran infracción a las actividades exploración y explotación de recursos geotérmicos para la generación de energía eléctrica, dentro de las que se encuentran:

1. Desarrollar actividades de exploración y/o de explotación del recurso geotérmico sin el registro del proyecto por parte del Ministerio de, Minas y Energía.

2. No cumplir con los requerimientos de información y de datos conforme lo fije el Ministerio de Minas y Energía o la entidad que éste delegue.

3. Desarrollar actividades de exploración y/o de explotación del recurso geotérmico excediendo el objeto o la extensión geográfica del área geotérmica a que se refiere el registro.

4. Provocar un daño al yacimiento geotérmico objeto de registro.

5. Incumplir las normas técnicas establecidas para este tipo de proyectos.

Agilización de trámites para proyectos eléctricos

Finalmente, la norma establece medidas para dinamizar el mercado, agilizando los trámites y las licencias necesarias para el desarrollo de nuevos proyectos, priorizando el licenciamiento ambiental para aquellos proyectos del sector de energía y gas que tengan una fecha de entrada menor a dos años.

Acerca de la transición energética

En 2018, las fuentes renovables representaron el 58% de la generación total de electricidad en América Latina y el Caribe. Sin embargo, el paradigma energético de la región está cambiando debido a la incertidumbre sobre la disponibilidad de agua frente al cambio climático. A eso se suman las preocupaciones ambientales y sociales generalmente asociadas con la construcción de plantas hidroeléctricas en ecosistemas vulnerables. Estas limitaciones, junto con la disminución en el costo de las energías renovables como la solar y la eólica, explican el gran impulso a nivel global de estas alternativas renovables no convencionales. Los esfuerzos de la región en este sentido son notables. En el año 2000, la capacidad de generación eólica representaba únicamente el 0,03% del total, y prácticamente no existía capacidad de generación solar.

En cambio, a 2020, las fuentes solares y eólicas representan en conjunto cerca del 10% de la capacidad de generación eléctrica instalada en la región (3,07% y 6,5%, respectivamente). Colombia se ha destacado como un líder en esta transición energética, inclusive a nivel global. Para el 2022, más de 12% de su capacidad instalada de generación eléctrica vendrá de fuentes renovables no convencionales, comparado con menos del 1% en 2018. Desde el BID, hemos podido apoyar al país en este esfuerzo con instrumentos de política pública para gestionar subastas de contratos de largo plazo, fortalecer los marcos regulatorios, y adoptar herramientas técnicas para integrar adecuadamente las fuentes no convencionales de energía renovable. Sin embargo, en la región aún queda mucho por hacer para asegurar el acceso, la asequibilidad y la calidad del servicio de electricidad. En materia de infraestructura, en América Latina y el Caribe aún existen 4,5 millones de usuarios sin acceso a este servicio, según la publicación insignia BID del 2020. Con respecto a la calidad del servicio, el 60% de las empresas manifiestan que sufren interrupciones en el servicio. –

“Esta Ley nace con el gran reto de dar un salto que permita la utilización sostenible de los recursos y garantizar el abastecimiento energético generando un impacto positivo al medio ambiente”.

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