El presidente Gustavo Petro ha desatado una nueva controversia al decretar un Día cívico obligatorio en toda Colombia el lunes 15 de julio de 2024, con motivo de la final de la Copa América, en la que la selección nacional se enfrentará a Argentina. La decisión, anunciada por Petro a través de sus redes sociales, ha generado un amplio debate y oposición entre algunas autoridades locales y abogados constitucionalistas.
Petro enfatizó en su cuenta de X que su decreto debe ser acatado por todos los ciudadanos y autoridades locales, incluyendo aquellos alcaldes y gobernadores que han expresado su desacuerdo. “Los decretos del gobierno nacional se cumplen. Así que al pueblo antioqueño y cartagenero, y a todo el pueblo colombiano, el presidente decreta: el lunes a festejar en paz. La alegría no se prohíbe”, escribió el mandatario.
Entre los opositores, Andrés Julián Rendón, gobernador de Antioquia, afirmó que los funcionarios en La Alpujarra no respetarán el día cívico decretado y continuarán con sus labores habituales el lunes 15 de julio. Petro replicó que “el decreto es obligatorio para todas las autoridades locales del país que no cuenten con autonomía constitucional”.
Para aclarar las implicaciones legales del decreto, el abogado constitucionalista Andrés Úsuga explicó a El Colombiano que “la autonomía constitucional solo la tienen instituciones como el Banco de la República, las Corporaciones Autónomas Regionales, las Universidades públicas y la Comisión Nacional del Servicio Civil”. Esto sugiere que el alcance del decreto presidencial está limitado y no puede ser impuesto a nivel territorial si dichas entidades gozan de autonomía.
Asimismo, Santiago Trespalacios, otro abogado experto en derecho constitucional, destacó que la Constitución Política colombiana, en su artículo 1, garantiza la autonomía administrativa a las entidades del orden territorial, lo que significa que alcaldías y gobernaciones pueden decidir si acatar o no el decreto. “Solo es vinculante para las entidades del orden nacional de los niveles centrales y descentralizados de la rama ejecutiva. Para las del orden territorial es facultativo”, precisó Trespalacios a El Colombiano.
El decreto 0880, firmado por la mayoría del gabinete presidencial, especifica en su artículo 3 que el decreto “exhorta” a las entidades territoriales, los entes autónomos y las ramas del poder público Judicial y Legislativa a acoger el día cívico. “Autónomas en decidir si otorgan como día no hábil el 15 de julio de 2024, para conmemorar el Día Cívico de la Convivencia y la Celebración Deportiva”, se lee en el documento.
Este conflicto entre el ejecutivo nacional y las autoridades locales resalta las tensiones sobre la autonomía regional y el centralismo en el país. La controversia también subraya la necesidad de claridad en la interpretación de las competencias constitucionales y las repercusiones de los decretos presidenciales en el ámbito local.



