Elección del alcalde de Pueblo Rico puede ser anulada

La Procuraduría 157 Judicial II para Asuntos de Conciliación Administrativa,  presentó un concepto solicitando la nulidad de la elección del alcalde electo de Pueblo Rico, Martín Siagama Gutiérrez, argumentando que incurrió en doble militancia política. La acción fue interpuesta por Vanessa Alejandra Valencia Blandón y se basa en la supuesta violación de la normativa electoral por parte de Siagama.

 

Antecedentes del caso

Vanessa Alejandra Valencia Blandón, demandante en este proceso, alega que Martín Siagama Gutiérrez apoyó a una candidata a la gobernación de Risaralda, Claudia Juliana Enciso Montes, quien no contaba con el respaldo del partido que avaló la candidatura de Siagama para la alcaldía, el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS). Según la demanda, este apoyo constituye una clara infracción a la prohibición de doble militancia política establecida en el artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la ley 1475 de 2011.

 

Argumentos de la defensa

El demandado, a través de su apoderado, negó las acusaciones, alegando la falta de evidencia concreta y jurídica que pruebe irregularidades sustanciales en su elección. La defensa sostuvo que las pruebas presentadas, incluidas fotografías y audios, no cumplen con los requisitos legales para ser consideradas válidas. Además, se argumentó que cualquier publicidad conjunta fue realizada sin el conocimiento ni autorización de Siagama, y que este no mostró apoyo explícito a la candidata a la gobernación.

 

Hallazgos de la Procuraduría

La Procuraduría, tras analizar las pruebas, determinó que, aunque no se demostró que Siagama ordenara la publicidad conjunta, sí se probó que consintió esta situación. En un municipio tan pequeño como Pueblo Rico, resultaría improbable que Siagama no estuviera al tanto de dicha publicidad. Además, en diversos actos de campaña, incluido su cierre de campaña, compartió escenario con Claudia Juliana Enciso, lo cual fue documentado en videos y fotografías.

 

Problema jurídico 

El principal problema jurídico identificado es si Siagama incurrió en la causal de nulidad por doble militancia al apoyar a un candidato de un partido distinto al que lo avaló. Según la Procuraduría, las pruebas indican que Siagama realizó actos positivos de apoyo hacia Enciso, lo que configura una violación a la normativa electoral. La doble militancia busca evitar el transfuguismo político y consolidar la disciplina partidista, principios que, según el concepto de la Procuraduría, fueron infringidos en este caso.

En conclusión, la Procuraduría solicitó al Tribunal Administrativo de Risaralda que declare la nulidad de la elección de Martín Siagama Gutiérrez como alcalde de Pueblo Rico para el periodo 2024-2027. La decisión final del tribunal determinará si las elecciones se repetirán o si se tomarán otras medidas correctivas.

Este caso resalta la importancia de la integridad en los procesos electorales y la estricta observancia de las leyes que regulan la militancia política en Colombia. La resolución de este proceso será un referente para futuras elecciones y la interpretación de la normativa sobre doble militancia.

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