Si usted es de esos padres que no vela por sus hijos y se pasa por la galleta las responsabilidades con ellos, póngale cuidado a esta nota porque ya se le acabó esa guachafita. Y si por el contrario, es de esas personas que se la pasa peleando porque le den la cuota alimentaria para sus chiquitos, pues esta información le va a dar un alivio.
La ley
Fue aprobada por el presidente de la República la ley estatutaria 2097, la cual establece que el registro de deudores alimentarios morosos se aplica a partir de tres cuotas alimentarias sucesivas o no, obligando a los progenitores a pagar la cuota alimentaria. Este ordenamiento también contempla sanciones para los madres y padres que incumplen con el pago de la pensión de alimentos.
Implementación
Comentó Víctor Hugo Rivera Arboleda, abogado especialista en derecho administrativo y conciliador que a partir de ahora, “el Gobierno Nacional tiene un período de seis meses para organizar todo lo que tiene que ver con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos “ y definir la entidad encargada de llevar dicho reporte.
Reportados
Serán registrados en el REDAM, quienes deben como mínimo tres cuotas alimentarias, ya sea consecutivas o intermitentes
El objetivo de REDAM
Esta ley será una herramienta que tiene como fin, crear una base de datos tipo datacrédito para alimentantes morosos, que servirá de insumo a entidades bancarias, entre otras. Además busca ser ágil en exonerar al deudor alimentario cuando este se ponga al día, en un plazo de cinco días.
El proceso
El acudiente del menor al que le deben la cuota de alimentos, deberá solicitar el registro del deudor al REDAM, ante el juez o comisario de familia que emitió el pago de pensión alimenticia.“El deudor será notificado para el caso en que tenga algún soporte de pago que certifique que no está en mora, antes inscribirlo en este registro”, explicó Rivera Arboleda. También especificó que la inscripción a dicho registro del deudor alimentario, podrá hacerse cuando el Gobierno dé a conocer la entidad encargada del trámite.
Sanciones de la ley
Suspensión de contratos a funcionarios públicos.
Imposibilidad de contratar con el Estado.
Impide ejercer o postularse a cargos de elección popular.
Los deudores alimentarios no podrán obtener subsidios que otorga el estado.
Las entidades bancarias no les otorgarán créditos.
No podrán decidir sobre la salida del país de sus hijos menores.
No pueden vender bienes sujetos a registro
Dichas acciones se mantendrán hasta que se pongan al día con la pensión alimenticia de sus hijos.
Otros aspectos
La pensión alimentaria contempla gastos de educación, vivienda, vestuario y atención médica. Se podrán reportar deudores que a la fecha no estén al día con el pago de sus obligaciones alimenticias.
DATO
El Gobierno Nacional tendrá seis meses para implementar la ley estatutaria conocido como REDAM – Registro de Deudores Alimentarios Morosos
DATO
El deudor alimentario será registrado cuántas veces incumpla el pago de las tres cuotas.
OPINES
Lina Marcela Baracaldo: “Para mí está bueno porque hay muchas personas que ejerciendo como policías, soldados o en cargos de la gobernación o alcaldía no los hacen pagar, y uno como madre sí se esfuerza 24 horas para mantener a sus hijos, entonces sería bueno que esta ley se cumpla”.
Jesús María Méndez: “Mal hecho porque yo soy una de esas víctimas, yo tengo una hija que es enfermita y a mí me nace de corazón ayudar y darle una mensualidad, pero siento que a nosotros los hombres nos atacan y eso debe ser equitativo”.



