La propuesta del presidente Gustavo Petro de convocar a una Asamblea Constituyente en caso de no aprobarse las reformas propuestas en su Gobierno y que actualmente se encuentran en debate en el Senado, ha suscitado encendidos debates en el ámbito político nacional. Sin embargo, este mecanismo democrático deberá sortear diversos trámites en los distintos escenarios jurídicos del país para poder llevarse a cabo.
Según el análisis del reconocido abogado constitucionalista Jaime Arías López, la convocatoria a una Asamblea Constituyente, si bien está contemplada en la Constitución de 1991, debe cumplir con un procedimiento establecido en la Ley Estatutaria de Participación Ciudadana.
El artículo 376 de la Constitución Política establece que el Congreso, mediante ley aprobada por mayoría de los miembros de ambas Cámaras, podrá disponer que el pueblo en votación popular decida si convoca una Asamblea Constituyente. Esta Asamblea tendrá la competencia, el periodo y la composición que determine la misma ley. Se entenderá que el pueblo convoca la Asamblea Constituyente si al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral lo aprueba.
Arias López, expresó sus reservas respecto a la propuesta, calificándola como un proceso que podría resultar lento, aunque reconoció su validez, ya que está contemplada en la Constitución.
“Desde mi perspectiva los verdaderos desafíos del Gobierno no radican en la necesidad de una Asamblea Nacional Constituyente, sino en cuestiones relacionadas con la gestión gubernamental y la negociación política en el Congreso. En ese sentido es importante fortalecer las coaliciones dentro del legislativo para abordar de manera efectiva los retos actuales”, agregó el abogado.
De ser aprobada la convocatoria, se deberá definir el temario, la composición de la Asamblea Constituyente, sus plazos de funcionamiento, entre otros aspectos, los cuales también estarán sujetos a un proceso de revisión por parte de la Corte Constitucional. Este complejo proceso implica que llegar a la etapa de funcionamiento de una Asamblea Nacional Constituyente puede llevar hasta dos años.
“Es importante destacar que la elección de los constituyentes, quienes tendrán la responsabilidad de aprobar o rechazar los puntos propuestos por el Presidente para la Asamblea Constituyente, deberá realizarse mediante elecciones populares, asegurando así la legitimidad y representatividad del proceso”, agregó Arías López.
El legislador también subrayó la necesidad de respetar los canales institucionales establecidos para la modificación de leyes ordinarias o estatutarias, destacando la relevancia de recurrir al Congreso o al pueblo en este tipo de decisiones.
La discusión sobre la propuesta de reforma constitucional promete continuar en el ámbito legislativo, mientras los diferentes sectores políticos buscan llegar a consensos que permitan avanzar en este importante proceso.
“La Constitución Política podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo”, artículo 374 de la Constitución Política de Colombia
Reacciones parlamentarios
Este polémico anuncio también ha generado reacciones en algunos parlamentarios de Risaralda, quienes afirman que es un debate innecesario para el país y se debe pensar en soluciones que unan y fortalezcan la democracia.
Samy Merheg, senador de la república, rechaza las declaraciones del Presidente sobre una Asamblea Nacional Constituyente. Considera fundamental garantizar el funcionamiento de las tres ramas del Poder Público. En su opinión, lo que Colombia necesita y demanda es la solución de los problemas que se presenten, así como asegurar el orden en todo el territorio nacional.
Por su parte Carolina Giraldo, representante a la Cámara, expresó su postura respecto a una Asamblea Nacional Constituyente. Destacó su histórico respaldo a la Constitución de 1991, la cual considera joven, pluralista y ambientalista, con mecanismos adecuados para reformas puntuales cuando son necesarias.
Giraldo criticó la decisión del presidente de someter este tema a debate, señalando una contradicción con sus promesas de campaña. “En lugar de dividir, el mandatario debería enviar mensajes de unidad y estabilidad para la nación colombiana. Considero que este debate carece de viabilidad y que el presidente no cuenta con las mayorías necesarias para llevarlo a cabo, por lo que debería ser considerado un tema cerrado”, concluyó la parlamentaria.
Finalmente, Alejandro García, representante a la Cámara, enfatiza que “el Presidente debe comprender y respetar la realidad de que no cuenta con las mayorías en el Congreso”. Señala que no puede intentar imponer sus reformas de manera arbitraria. Para él, la propuesta de convocar a una Asamblea Constituyente no solo es innecesaria, sino también peligrosa. Destaca la importancia de respetar y defender la Constitución de 1991.
Estos son los seis puntos que propone el Presidente, Gustavo Petro, ante una Asamblea Nacional Constituyente:
- Implementación del Acuerdo de Paz
- Garantía de condiciones básicas de vida
- Reforma judicial
- Reordenamiento territorial
- Cambio climático
- Fin de la violencia y reconciliación



