Ordenan que los candidatos vayan a debates

El recurso que fue presentado por el abogado bolivarense Alciedes Enrique Arrietea Cueto contra el Consejo Nacional Electoral, Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, pretende que los dos candidatos presidenciales organicen y comparezcan en por los menos a dos debates previos a las elecciones del 19 de junio.

La razón

La tutela fue radicada por un grupo de ciudadanos que incluye además a Ángela María Robledo, Jaime Mejía López, Laura Marcela Mosquera Giraldo, Jorge Luis Bedoya, Whenddy Vanessa Mahecha Carvajal, Catalina Del Pilar Sánchez Daniels y Luis Mauricio Urquijo Tejada.

En la tutela se consignó que los debates sean en un canal nacional o en radio en un horario no laboral y que incluya ayudas audiovisuales, respetando los derechos de los colombianos a tener un voto informado, con datos veraces e imparciales.

Gustavo Petro, candidato del Pacto Histórico.

Explicación del Tribunal

La decisión del Tribunal Superior de Bogotá de concedió la tutela establece que si bien los planes de gobierno han estado a disposición de los colombianos en general en las páginas web de las dos candidaturas pero que ese mecanismo de comunicación no se considera idóneo ni suficiente porque no todos los ciudadanos tienen la posibilidad de acceder a internet o no todos entienden las propuestas que están por escrito.

El Tribunal indicó que el derecho político no se limita solo a postularse como candidato a una campaña y votar, también acarrea que los aspirantes a la Presidencia de la República acudan a debates públicos donde se pueda conocer la ideología, las convicciones, propuestas y el temperamento.

Rodolfo Hernández, candidato de la Liga de Gobernantes Anticorrupción.

La conclusión

El Tribunal Superior de Bogotá concluyó ordenar que se realice un debate obligatorio de los dos candidatos presidenciales, el plazo se cumple hoy cuando finalicen las 48 horas estipuladas en la decisión.

El debate deberá tener un espacio de 60 minutos por lo menos y se deberá desarrollar en un espacio de la televisión pública, específicamente el Sistema de Medios Públicos Radio Televisión Nacional de Colombia, RTVC, según lo establecido el artículo 23 de la Ley 996 de 2005 y la Resolución Nro. 2969 del 01 de junio de 2022 emanada del Consejo Nacional Electoral.

En la decisión, el Tribunal indica que se debe remitir las diligencias a la Corte Constitucional para su revisión si el fallo no fue impugnado.

LA RESPUESTA DE LOS CANDIDATOS

El Tribunal Superior de Bogotá indica que la decisión debe ser informada a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández. El candidato del Pacto Histórico se pronunció frente a lo dicho por el Tribunal, manifestando que estaba listo para el debate, que era un derecho del pueblo y la justicia lo había ordenado.

Entre tanto, el candidato de la Liga de Gobernantes Anticorrupción, Rodolfo Hernández aún no ha emitido ninguna opinión ni respuesta sobre el tema. Sin embargo, a través de redes sociales ha compartido mensajes sobre su hija Juliana Hernández Oliveros, los compromisos con los colombianos en el exterior y el agro.

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