Carlos Alberto Ram?rez Cardona
Columnista
Hace unos d?as en la ciudad de Bogot?, un humilde ciudadano acosado por sus jugos g?stricos, se acerc? a un ventorrillo o puesto de comidas r?pidas en sitio p?blico.
A unos cuantos metros hab?an varios gendarmes en aparente actitud distra?da y displicente; despu?s de pagar por una empanada y darle el primer mordisco, los policiales se acercaron y le impusieron una multa por valor de 834.000 pesos, por ?promover? estos sitios, en zonas p?blicas prohibidas.
Nada más est?pido y falto de sind?resis; la multa fue perversamente prefabricada por los uniformados, que indujeron en error al ciudadano con su actitud complaciente y permisiva. Por otra parte, el vocablo ?promover? que utiliza el C?digo de Polic?a, debe entenderse como promocionar, divulgar, invitar o publicitar mediante cualquier medio, estos puestos de comestibles en sitios prohibidos.
Por la compra de una vianda, pastel de ma?z y carne, o com?nmente llamada empanada, no se transgrede la norma policial, hay falta de tipicidad y antijuricidad.
Parece ser que lo que realmente caus? la reacci?n de los agentes del orden, fue la ingesta exagerada de guacamole, lo que hac?a alusi?n injuriosa al color de su uniforme.
Conscientes del grave problema social que se enfrenta, proponemos se sustituya dicho art?culo, por el del siguiente tenor: ?Del porte, tr?fico, distribuci?n, almacenamiento y consumo de empanadas y aditaentos para las mismas?? ?El que porte, distribuya, almacene, venda o consuma, bollos de ma?z con carne, pollo, huevos u otras sustancias, conocidas como empanadas y sus aditamentos (aj?, guacamole, salsa rosada u otra), será sometido a dieta forzada contra el colesterol durante 6 meses y el decomiso de todos los elementos utilizados para este fin.

