Polémica propuesta para los presos del país

El ministro de Justicia, Néstor Osuna, ha estado en boca de muchos por estos días y por una polémica propuesta que dejó perplejo a más de uno. Resulta que su cartera publicó un borrador de la reforma a la justicia que se pretende radicar el próximo mes ante el Congreso. Puntualmente, la reforma al Código Penal en Colombia señala unos ajustes en materia de penas sustitutivas e introduce el término ‘Libertad preparatoria’, para referirse a una opción que causó dicho asombro en varios sectores, además de polémica, obviamente, en otros: la posibilidad de que los reclusos salgan en el día a trabajar y vuelvan en la noche a los centros carcelarios para seguir pagando su pena. ¿Vale la pena?

Cárcel de puertas abiertas

En la primera parte del borrador se contemplan una serie de beneficios para que los presos puedan tener una flexibilidad en su pena carcelaria. En ese sentido, se destaca que quienes cumplan oficios dentro de la cárcel, como trabajo en cocinas o mantenimiento, podrán homologar las penas económicas. También, el texto que presentó el ministro Néstor Osuna abre la puerta de las cárceles para que quienes ya cumplieron con el 25% de la pena puedan solicitar permisos de entre 12 a 72 horas para estudiar, además, si una persona ya cumplió la mitad de la pena (siempre y cuando no sean delitos graves) podrá pedir periodos de hasta 15 días para salir de la cárcel, sin que estos sean mayores a 60 días al año.

 

 

 

 

Sobre la libertad preparatoria

De aprobarse la reforma a la justicia tal como está planteada, quien aspire al beneficio de la ‘Libertad preparatoria’ debe haber cumplido el 40% de su pena y esta debe ser inferior a 6 años. Según explica el abogado laboralista Carlos Vargas, estas personas deberán solicitar el beneficio y aspirar a que una empresa certificada por el Inpec los contrate, por lo que no son válidos los trabajos informales. Asimismo, no podrán ser beneficiarios de esta medida quienes hayan cometido delitos como homicidio, delitos sexuales, hurto agravado o violencia intrafamiliar, entre otros delitos graves; y que no sean reincidentes, que son hoy el 24% de la población condenada.

Necesidad de descongestionar

Daniel Briceño, experto constitucionalista y docente de la Universidad Externado, advierte que hoy el país tienen una población de 170.000 personas privadas de la libertad; de estas, 98.000 están en las cárceles y el resto pagan sus condenas a través de casa por cárcel o en instalaciones no carcelarias, lo que hace que la reforma busque principalmente aliviar el hacinamiento en algunas regiones, que es superior al 100%. Aún así, la propuesta también establece que quienes fallen en sus actividades laborales o no asistan oportunamente al centro penitenciario en la noche y los fines de semana perderán el beneficio.

 

 

 

 

En la práctica

Supongamos que una persona con una condena de 72 meses (6 años) de cárcel ya pagó 28,8 meses que corresponden al 40% y accede al servicio de empleo. Un juez debe determinar las horas de trabajo a la semana, siendo estas mínimo 5 horas y máximo 20. Cada 5 horas de trabajo equivalen a una semana de reducción de la pena, por lo que si accede al máximo de 20 horas pagará un mes por semana, lo que quiere decir que en menos de 6 meses de actividad laboral habría pagado el resto de su condena (43,2 meses). Por su parte, la empresa no podrá superar las 8 horas diarias de jornada laboral y se debe asegurar el pago del 50% del salario mínimo en adelante (equivalente hoy a $580.000).

 

 

 

 

 

El debate está servido

Según señala el experto en temas laborales, Carlos Vargas, hoy en día la propuesta no es novedosa en tanto que “la ley 2208 de 2022, o ley de segundas oportunidades trae beneficios para la reincorporación post penados”, y advierte que la reforma solo reduciría las condiciones para acceder al beneficio, pues hoy está contemplado para quienes ya cumplieron el 85% de la condena. Por su parte, el abogado constitucionalista, Daniel Briceño resalta que esta propuesta “busca el legítimo derecho a la resocialización, pero ha sido foco de críticas porque el sistema carcelario en el país se concibe como un sistema distinto a la resocialización y más cercano a la penalización”, y a la luz de esto no está claro el componente de reparación a las víctimas y la sensación de impunidad.

 

Presos cárcel La 40

Intramuros 923

Extramuros

Detención   domiciliaria     292

Prisión     domiciliaria         339

Vigilancia electrónica         120

Total                                  751

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