Mediante decreto 2480 expedido el 28 de diciembre pasado por el Presidente Iv?n Duque se dispuso la celebraci?n del D?a Nacional del Defensor de Familia los d?as 21 de febrero de cada año. En esa fecha estar? en Pereira asistiendo a la conmemoraci?n de este acontecimiento la directora general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Juliana Pungiluppi Leyva. Sobre esta celebraci?n y el papel que cumplen los Defensores de Familia hablamos con Miguel Alberto Giraldo Mej?a, presidente nacional del Sindicato de Defensores de Familia, Sidefam, afiliado a la Central General de Trabajadores, CGT.
?Qu? es, exactamente, un Defensor de Familia?
El Defensor de Familia es un funcionario del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que est? creado para garantizar los derechos fundamentales de los ni?os, las ni?as y los adolescentes y de las familias en las diferentes actuaciones que se adelantan, tanto judiciales como extrajudiciales. El servicio que prestamos es gratuito.
?En ICBF en el pa?s, cu?ntos Defensores de Familia est?n laborando?
Aproximadamente somos 1300 Defensores y de ellos en la regional de Risaralda estamos laborando 30.
?Desde cu?ndo se incorpor? esta figura al esquema de Bienestar Familiar?
La figura el Defensor de Familia ha tenido un desarrollo hist?rico desde 1964 con la Ley 83, Ley Org?nica de la Defensa del Ni?o, en donde aparece en primera instancia como Promotor Curador de Menores. Luego se fue desarrollando a trav?s de diversas legislaciones, como la ley 75 de 1968 donde se cre? el cargo de Defensor de Familia, hasta llegar a lo que se ha establecido en la Ley 1878 de 2018. Antes mediante la ley 1098 de 2006 se adopt?el C?digo de Infancia y Adolescencia que trae establecidas allí las funciones propiadamente del Defensor de la Familia.
?El gobierno ya cre?, de manera oficial, el D?a Nacional del Defensor de Familia?
El Defensor de Familia cumple funciones como autoridad administrativa y director del proceso administrativo de restablecimiento de derechos, que es el que garantiza la protecci?n de los derechos de las ni?as, ni?os y adolescentes y sus familias. en el marco de esas dos grandes funciones espec?ficas que tiene el Defensor de Familia, fue que el gobierno nacional expidi? el decreto 2480 de 2018 que determin? crear el D?a del Defensor de Familia el 21 de febrero de cada año, como d?a nacional de este servidor p?blico. All? dispuso que el sistema general de Bienestar Familiar adelante programaciones y? actividades digiridas a reconocer la labor de este funcionario e igualmente esa tarea se la dej? al Insituto Colombiano de Bienestar Familiar para enaltecer la figura del Defensor de Familia.
?Esta fecha tiene un significado especial?
S?, efectivamente el 21 de febrero es porque en esa fecha se constituy? a nivel de organizaci?n el sindicato nuestro que tuvo sus or?genes por iniciativa de algunos funcionarios interesados en defender los derechos de los defensores de familia y tuvieron a bien empezara a reunirse para constituir una organizaci?n que pudiera proteger esos derechos. Entonces en honor a esa primera organizaci?n b?sica fue que se cre? ese d?a.
?En Pereira que hay programado para conmemorar esta fecha?
La conmemoraci?n, seg?n lo establece el decreto 2480 de 2018, est? atribuida a las directivas del ICBF y al sistema nacional de bienestar familiar. Nosotros estamos a la espera de que se pueda hacer unos actos p?blicos solemnes de reconocimiento a esa labor por parte de las autoridades nuestras y los directores tanto nacional como regionales.
?C?mo se protocoliza la vinculaci?n de los Defensores de Familia?
El Defensor de Familia por mandato de la ley debe ser abogado especializado en una de las ?reas establecidas, como derecho administrativo, penal, de familia, procesal, es decir una amplia gama de especilizaciones que deben ser acreditadas por los profesionales. Tambi?n participamos en un concurso de m?ritos que realizan la Comisi?n Nacional del Servciio Civil y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para acceder a los cargos.
?Esta vinculaci?n es por per?odo fijo?
La vinculaci?n es produce, una vez pasado el concurso, mediante nombramiento en per?odo de prueba de seis meses, pasado este t?rmino se procede al nombramiento en propiedad como funcionarios del ICBF, bajo las mismas normas de la Carrera Administrativa.
?Qu? tipo de casos abordan o conocen los Defensores de Familia?
Acuden a nuestra institución las familias y los usuarios que ponen en conocimiento la vulneraci?n de los derechos de las ni?as, ni?os y adolescentes, es decir que no est?n vinculados al sistema acad?mico, que han sido desafiliados del sistema de salud, que est?n en condiciones de explotaci?n de cualquier tipo, que corren riesgos o peligro por estar en abandono. En estos casos el Defensor de Familia adelante un proceso administrativo que se llama de restablecimiento de derechos para garantizar la efectividad de los mismos. Tambi?n llegan allí solicitudes de alimentos, de reconocimiento de la patria potestad de los padres, permisos de salida del pa?s, conceptos notariales. Es muy diversa la connotaci?n de los funciones que tiene un Defensor de Familia, que se equiparan a las de los Jueces de Familia, por el contenido material de sus actos que disponen efectivamente a restablecer los derechos fundamentales de los menores.
?Qu? tanto contibuye o aporte el sindicato al fortalecimiento de esta labor?
El sindicato, cuya fundaci?n es reciente y corresponde al 2016, adelanta de manera particular varias tareas como la capacitaci?n de los defensores de familia en diferentes ?reas del conocimiento. En este momento se est? realizando en todo el pa?s por regiones la capacitaci?n en el proceso administrativo displinario y su defensa t?cnica. De igual manera estamos adelantando una gesti?n para desarrollar con las universidades y la Escuela Superior de Administraci?n P?blica y la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla la celegraci?n de convenios para buscar la capacitaci?n en temas espec?ficos que fortalezcan el conocimiento y la destrazas del Defensor de Familia.



