Plásticos con material 100% reciclado postconsumo nacional, así como aquellos que contienen un aditivo aprobado y materiales compostables, podrán seguir usándose.
El pasado 7 de julio entró en vigencia la Ley 2232 de 2022 sobre plásticos de un solo uso, la cual prohíbe la introducción en el mercado, comercialización y distribución de bolsas plásticas de punto de pago, bolsas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las de lavandería, rollos de bolsas vacías dispuestas en comercio para cargar o transportar paquetes y mercancías, o llevar alimentos a granel, mezcladores y pitillos, soportes plásticos para bombas de inflar y soportes plásticos para copitos de algodón.
Desde su anuncio, la medida ha generado gran controversia entre los consumidores finales, quienes se preguntan si las bolsas plásticas que antes recibían en el supermercado y luego reutilizaban en sus hogares desaparecerán por completo, al igual que las bolsas para guardar frutas y verduras. Sin embargo, la norma contempla tres excepciones que permitirán que estos productos continúen en el mercado.
Así lo aseguró Luis Fernando Gutiérrez, gerente de Empaques Plásticos S.A.S. Gecobags, quien en conversación con este medio indicó que la norma ha sido implementada con poco conocimiento sobre los plásticos por parte del Ministerio de Ambiente, ya que “se enfoca en la prohibición y no en la solución”. Según Gutiérrez, la problemática de los plásticos, más allá del material del que estén hechos, sean biodegradables o no, radica en su mala disposición.

Conozca las excepciones
La Ley 2232 de 2022 exenta a aquellos productos fabricados con 100% de materia prima plástica reciclada proveniente de material postconsumo nacional, certificada por organismos acreditados para tal fin por parte del Gobierno nacional. Para determinar las entidades a las que hace referencia el presente numeral, el Gobierno nacional contará con un término de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
De esta manera, se autorizará el uso de materias primas biodegradables en condiciones ambientales naturales y/o compostables, así como el uso de aditivos acelerantes de la biodegradación. Como punto de referencia para la normatividad técnica, la rata de biodegradación deberá ser como mínimo del 50% en tres años, y del 85% en cuatro años.
Los plásticos de un solo uso cuyos sustitutos, en todos los casos, tengan un impacto ambiental y humano mayor, de acuerdo con resultados de Análisis de Ciclo de Vida que incorporen todas las etapas del ciclo de vida del plástico (extracción de materia prima, producción, fabricación, distribución, consumo, recolección, disposición final, incluyendo su persistencia en el ambiente).

No se preocupe, con base en la normativa, aquellas bolsas que se utilicen para contener y conservar alimentos, líquidos y bebidas de origen animal, así como alimentos o insumos húmedos elaborados o preelaborados que, por razones de asepsia o inocuidad, por encontrarse en contacto directo con los alimentos, se seguirán distribuyendo. También se prestará este servicio en los establecimientos que brindan asistencia médica y para el uso por parte de personas con discapacidad.
Por otra parte, los pitillos adheridos a envases de hasta 3000 ml, que cuenten con un sistema de retención a estos con el cual se garantice su recolección y reciclaje en conjunto con el de los envases, siempre y cuando contengan productos incluidos en la canasta familiar, programas de alimentación escolar o productos que pretendan garantizar la seguridad alimentaria.
Así mismo, los empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización de cualquier producto de la canasta familiar -incluido el buñuelo de la panadería- que no sean frutas o verduras, podrán seguir utilizándose.
En línea con lo anterior, es importante precisar que productos como bolsas, sacos y talegas plásticas reutilizables no están consideradas como productos de un solo uso y pueden seguir comercializándose. Así mismo, los productos plásticos biodegradables o aquellos que estén fabricados con materia prima plástica reciclada postconsumo pueden también continuar en el mercado.
El costo adicional
Paula Ocampo, vicepresidenta de Acoplásticos, analizó la información incluida en la Encuesta Anual manufacturera, elaborada por el DANE, teniendo en cuenta la producción de bolsas sin impresión, pitillos, platos, vasos desechables y cubiertos de plástico, los cuales al aplicar las variaciones de los últimos años a los valores en cuentas nacionales del DANE da un valor de 1,18 billones de pesos en producción que se dejará de producir al año 2030 con esta medida. Así mismo, la vicepresidenta se refirió a los puestos de trabajo que se han perdido desde el anuncio de la misma, así como los costos que las empresas que quieran optar por cambiar sus productos o línea de producción, tendrán que enfrentarse.
“Además, es necesario hacer adaptaciones en cuanto a quién es el distribuidor de la materia prima, si efectivamente esa materia prima reciclada puede cumplir con la funcionalidad del producto específico, entonces ahí seguramente habrá un aumento de costo que lo más probable es que termine reflejado en el consumidor final, así con los aditivos biodegradables”, explicó.
Se necesitará mucha pedagogía
Finalmente, tanto Empaques Plásticos S.A.S. Gecobags, así como Acoplásticos, el mensaje va direccionado hacia la pedagogía que desde el Gobierno nacional se lleve a cabo con la ciudadanía en general. “Nosotros prevemos que serán unos primeros dos meses complejos, mientras se da la adaptación y reacomodación del mercado y los consumidores entienden la norma”, enfatizó Ocampo.



