Habrían más sanciones para los papás morosos

Según expertos en materia de derecho, la próxima semana se conocería si el proyecto de ley conocido como REDAM – Registro de Deudores Alimentarios Morosos, se convertirá en ley presidencial, de ser así, el Gobierno Nacional tendría seis meses para implementar la norma, la cual contempla más sanciones para los madres y padres que incumplen con el pago de la pensión de alimentos.

Avanza

Este medio conversó con Víctor Hugo Rivera Arboleda, abogado especialista en derecho administrativo, conciliador y docente asesor, quien comentó que actualmente la norma está en revisión porque es una ley estatutaria, por lo que “la corte constitucional revisa si cumple con los requisitos o presupuestos de la constitución para después dar el visto bueno, en este momento pasa a sanción presidencial, esto exige que el desarrollo sea entre los seis meses siguientes” dijó.

El proyecto de ley fue presentado y aprobado ante el Congreso de la República y la Corte Constitucional.

Actualidad

Hoy por hoy, cuando un padre o madre con obligaciones alimentarias para padres, hijos o abuelos incumple, se reporta a centrales de riesgo, se le prohíbe salir del país, y se le aplican medidas cautelares como embargo de salario y bienes.

El objetivo de REDAM

Esta ley será una herramienta que tiene como fin, crear una base de datos tipo datacrédito para alimentantes morosos, que tiene como condición esencial para entrar en dicho registro, que la persona deba tres meses de pensión alimenticia, sin necesidad de que sean consecutivos. “Con solo tres meses de mora, el alimentante ya tiene que acudir a la justicia con el propósito de que el juez inicie el reporte a esta central y acogerse a las medidas sancionatorias para pagar”, indicó Rivera.

La ley además busca ser ágil en exonerar al deudor alimentario de manera inmediata cuando este se ponga al día. 

PROCESO

La diligencia se realiza directamente ante el mismo juez que dictó el pago de la pensión, momento en que el deudor alimentario incumpla con tres pagos. La autoridad corroborará a través de comprobantes si hay omisión en el pago de la pensión alimentaria, de ser así el juez ordenará la inscripción de la persona en la central de los padres morosos.

RECUADRO

Nuevas sanciones 

Esta ley contempla otras penalidades, fuera de las que ya existe, como la suspensión de contratos a funcionarios públicos hasta que no se pongan al día y no permite ejercer cargos de elección popular. Los deudores alimentarios tendrán restricciones sobre subsidios que otorga el estado, a excepción del subsidio de vivienda y no podrán decidir sobre la salida del país de sus hijos menores.

RECUADRO

La norma incluye

Además de la pensión alimentaria, también entran gastos de educación, vivienda, vestuario y atención médica.

CIFRA

6 capturas por inasistencia alimentaria se han realizado en Risaralda este año. 29.355  denuncias por inasistencia alimentaria se instauraron en Colombia en 2020

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