El sector empresarial de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), ha sido uno de los más afectados con la llegada de la pandemia, mucho de este tejido empresarial de la región desapareció y algunos se encuentran todavía en una crítica situación. Por esto para este año el objetivo es apoyar y fortalecer este sector productivo, ya que de esta manera se contribuye al desarrollo regional y a la generación de empleo.
Es por esto que de acuerdo con la Ley 2063 de 2020 y el Decreto 1756 de Diciembre 2020; el Gobierno Nacional fijó tarifas especiales para el año 2021, para los Servicios del Registro Mercantil y de Entidades Sin Ánimo de Lucro, que beneficiarán a las Mipymes, de acuerdo con la clasificación del tamaño empresarial vigente. Las tarifas generales de los trámites y servicios registrales, fueron ajustadas con base en el incremento del 2% que tuvo el UVT (Unidad de Valor Tributario) para este año.
El Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Pereira, Doctor Jorge Iván Ramírez Cadavid, aseveró que estos descuentos concedidos a las Mipymes es un apoyo importante del Gobierno Nacional y las Cámaras de Comercio del país, para que los emprendedores y las medianas y pequeñas empresas puedan continuar en el camino de la reactivación económica.
Requisitos
Para acceder a estos beneficios es importante que el empresario cuente con matrícula mercantil o inscripción en cualquier Cámara de Comercio, de igual forma se debe identificar como una Mipyme y debe tener su matrícula mercantil renovada al año 2020. Así mismo es importante tener presente que el tamaño empresarial debe ser el que reporta el Comerciante o Entidad sin ánimo de lucro, al momento de renovar su registro del año 2021.
Los descuentos
Los descuentos de las tarifas serán aplicables también a las entidades Sin Ánimo de Lucro, que involucra a las cooperativas y las entidades de Régimen de la Economía Solidaria.
Por otra parte, el Decreto estableció un alivio para los comerciantes personas naturales y jurídicas que no renovaron la matrícula Mercantil en el año 2020 y que como consecuencia de la crisis económica provocada por el Covid -19 deban cancelar la matrícula mercantil o liquidar la sociedad, por lo cual no tienen que pagar los costos de la renovación de los años 2020 y 2021 siempre que efectúen dicha cancelación dentro de los 3 primeros meses del año.
No aplica
Estas tarifas no tienen efecto en la matrícula de personas naturales, jurídicas y establecimientos, agencias y sucursales, ni en los Registros Único de Proponentes y Operadores de Libranzas.
Así mismo tampoco aplica el no pago de renovación de 2020 y 2021 para los establecimientos de comercio morosos. Igualmente tampoco aplica el no pago de renovación de 2020 y 2021 para los establecimientos de comercio morosos.
Nuevas tarifas
Estos son los descuentos especiales para los servicios del Registro Mercantil y de Entidades sin ánimo de lucro para el 2021:
- 5% de descuento en la tarifa renovación de los Comerciantes y Entidades sin ánimo de lucro; siempre y cuando se realice oportunamente en los 3 primeros meses del año.
- 5% de descuento en la tarifa de renovación de la matrícula de los Establecimientos de Comercio, Sucursales y Agencias, si se realiza igualmente de enero a marzo del presente año.
- Descuento del 7% sobre los derechos de inscripción de actos y documentos, mutaciones, cancelaciones e inscripción de libros.
- Descuento del 5% del valor de expedición de los certificados.
Servicios virtuales
También es de resaltar que todos los trámites mencionados se pueden realizar de forma virtual por medio de la página de la Cámara de Comercio de Pereira www.camarapereira.org.co donde se encuentran tutoriales con el paso a paso de los servicios ofrecidos por la Cámara en la pestaña Servicios Virtuales



