Jornada de conciliación nacional será virtual

El Ministerio de Justicia y del Derecho y la Cámara de Comercio de Pereira invitan a los ciudadanos a la Conciliaton, un espacio para solucionar sus conflictos de diferentes índoles por medio del diálogo, buscando evitar las vías de hecho. Es una iniciativa donde se ofrecen servicios gratuitos de conciliación para personas de estratos 1, 2 y 3 y la fecha máxima para inscribirse es el 15 de octubre del 2020.

En esta ocasión, teniendo en cuenta las medidas de bioseguridad, los servicios de conciliación se prestarán por medios virtuales. Durante la jornada, los ciudadanos que tengan asuntos pendientes relacionados con familia, deudas, contratos y conflictos de convivencia, entre otros, podrán resolverlos mediante la conciliación y utilizando medios electrónicos para no salir de casa.

 

¿Cómo participar

Los interesados deben ingresar al portal web del Ministerio de Justicia y del Derecho www.minjusticia.gov.co/Conciliatón y en el link correspondiente a Inscripción de Casos, diligenciar el formulario y enviarlo al correo electrónico conciliaton@minjusticia.gov.coservicios disponible para la jornada.

También pueden contactarse directamente con uno de los centros de conciliación o puntos de conciliación habilitados en su ciudad, que presten sus servicios por medios virtuales. Consulte en www.minjusticia.gov.co/Conciliaton la oferta de servicios disponible para la jornada.

La conciliatón es una estrategia del Ministerio de Justicia y del Derecho, que en asocio con centros de conciliación y conciliadores busca promover el diálogo y la autogestión de los conflictos entre los ciudadanos como una alternativa eficiente y eficaz de acceso a la justicia

 

Situaciones a conciliar

  • Fijación de cuotas alimentarias.
  • Propiedad horizontal, particularmente cuotas de administración.
  • Restitución de inmuebles arrendados.
  • Conflictos de convivencia.
  • Custodia de hijos y regulación de visitas.
  • Asuntos laborales que puedan ser conciliables.
  • Lesiones personales culposas.
  • Accidentes de tránsito sin lesiones personales.
  • Daño en bien ajeno.
  • Injuria y calumnia, cuando no trascienda.
  • Injuria y calumnia indirecta.
  • Abuso de confianza.

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