Sancionan ley que hace posible tener un auto eléctrico

El pasado 11 de julio el gobierno nacional aprobó la Ley 1964 “por la cual se promueve el uso de vehículos eléctricos” en el país, normativa que incluye beneficios económicos y tributarios, entre otros, para las personas que adquieran esta nueva alternativa de movilidad, al tiempo que se aporta a la reducción de emisiones contaminantes y de gases efecto invernadero.

La Ley contiene 11 artículos que promueven el uso de estos vehículos, amparados en distintos beneficios, que lograrán la motivación de los colombianos para la compra de esta tecnología. Así también, se da la facultad a los municipios y gobernaciones para desarrollar, promover y ofertar esquemas de incentivos que impulsen la movilidad eléctrica a nivel territorial, tales como descuento sobre la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes, restricciones a la circulación vehicular, tarifas preferenciales en parqueaderos, impuesto vehicular, así como exenciones tributarias. La medida también busca impulsar el mercado de automóviles y buses eléctricos para el transporte público.

Cuando se pretenda aumentar la capacidad transportadora de los sistemas de transporte, se requiera reemplazar un vehículo por destrucción total o parcial que imposibilite su utilización o reparación y cuando finalice su vida útil y requiera reemplazarse, de acuerdo con el siguiente cronograma: a partir de 2025, mínimo el 10% de los vehículos adquiridos en las ciudades. A partir de 2027, mínimo 20%; a partir del 2029, mínimo el 40%; a partir de 2031, mínimo el 60%; a partir de 2033, mínimo el 80% y a partir de 2035 toda la flota comprada tendrá que ser eléctrica.

Teniendo presente que una de las mayores preocupaciones en el mundo es la contaminación ambiental, donde Colombia no se queda atrás, pues ciudades como Bogotá, Medellín o Cali están sufriendo este flagelo con altos índices de material particulado, la Ley también busca mejorar la calidad del aire en estas grandes ciudades afectadas y prevenir que las ciudades intermedias o pequeñas lleguen a estos niveles.

Desde la Empresa de Energía de Pereira se observa la ley como una gran oportunidad de mostrar y fortalecer el proyecto Meep (Movilidad Eléctrica Energía de Pereira), permeando otros mercados y ampliando el portafolio de servicios.  Entre ellos, se encuentra la construcción de estaciones de carga en los municipios del país donde aplique esta normativa, municipios de categoría especial y que están obligados a instalar como mínimo cinco estaciones de carga rápida, por ejemplo, en el caso de Bogotá se deben construir 20 puntos. En Pereira, la empresa prevé tener una segunda estación de carga para finales del 2020. 

Por otro lado, el municipio de Pereira debe cumplir con una cuota mínima del treinta 30% de los vehículos eléctricos que anualmente sean comprados o contratados para su uso, en este sentido la empresa como pionera y líder en movilidad eléctrica apoyará la gestión para cumplir con la normativa.

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