A partir del 12 de agosto comienzan a vencer los plazos para declarar renta en Colombia. ¿De qué se trata esta obligación y quiénes deben presentarla este año?
La declaración de renta es un informe financiero que los ciudadanos y empresas deben presentar anualmente al Estado colombiano, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). En este documento se reportan los ingresos obtenidos, los bienes que se poseen —dentro y fuera del país—, las deudas contraídas y las deducciones a las que se puede acceder según la ley. A la fecha, la DIAN ya registra 30.950 declaraciones de renta presentadas, y la cifra seguirá aumentando conforme se acerquen los vencimientos estipulados en el calendario tributario.
¿Quiénes declaran?
Según la DIAN, deberán declarar renta las personas naturales cuyo patrimonio bruto, al 31 de diciembre de 2024, haya sido superior a 4.500 UVT, es decir, $211.792.500, o ingresos brutos anuales iguales o mayores a $65.891.000. También están obligados quienes, durante el año, hayan realizado compras, consumos, gastos con tarjeta de crédito o movimientos financieros que, en cualquiera de esos casos, superen esa misma cifra.
Evite errores y sanciones
Alejandro Useche, profesor de la Escuela de Administración de la Universidad del Rosario, indicó que uno de los errores más frecuentes es no saber si se está obligado a declarar: “Muchas personas ni siquiera saben si deben pagar o no. Por eso, lo primero es revisar si, por ingresos o consumos con tarjeta de crédito, estamos obligados a presentar la declaración”.

Para el docente, es fundamental consultar el calendario tributario publicado por la DIAN, el cual establece las fechas límite de acuerdo con los dos últimos dígitos de la cédula: “El próximo 12 de agosto ya empiezan a vencerse estos plazos para las personas cuya cédula termine en los dígitos 01 y 02. El 13 de agosto para cédulas terminadas en 03, 04, y así sucesivamente, hasta llegar al 99 y 00”, explicó.
También alertó sobre prácticas inadecuadas como subreportar ingresos o propiedades, lo que podría implicar consecuencias legales: “Muchas personas declaran de manera incorrecta sus ingresos. Más allá de un error, esto puede convertirse en una conducta inapropiada. Hay que recordar que deben declararse los bienes dentro o fuera del país”.
Respecto a las deducciones, el profesor Useche advirtió que no todas las deudas se aplican como descuentos: “Hoy en día, la ley en Colombia permite que registremos en la declaración de renta, como personas naturales, los pagos de intereses de deudas hipotecarias, es decir, intereses que estemos pagando por préstamos para la compra de vivienda. Algunas personas incluyen en esa categoría todos los intereses de deudas, aunque sean deudas por consumo, por haberse ido de paseo con un préstamo. No, eso no está permitido”.
Finalmente, subrayó la importancia de respetar los plazos para evitar sanciones: “Otro error común es dejar todo para última hora. Cuando nos damos cuenta de que el plazo vence en uno o dos días, corremos y terminamos cometiendo errores o ni siquiera alcanzamos a presentarla. Eso trae sanciones y dolores de cabeza que podemos evitar”.
Sanciones que, según Jorge Iván Quintero, docente del programa de Economía de la Universidad Libre Seccional Pereira, varían según quién realice la corrección: “Si el contribuyente corrige de forma voluntaria, debe pagar un 10 % de la diferencia como sanción por corrección, según el artículo 644 del Estatuto Tributario”. En cambio, “si es la DIAN la que realiza la corrección mediante un procedimiento llamado Liquidación Oficial de Revisión, la sanción es del 100 % de la diferencia, por inexactitud, conforme al artículo 648 del mismo estatuto”.
¿Cómo se declara renta?
Hoy en día, este proceso es totalmente digital. Para declarar, se necesita un correo electrónico activo, un usuario en la página de la DIAN, una clave de acceso y una firma electrónica. Estos elementos deben tramitarse con anticipación en la web oficial. “Visitemos con toda la anterioridad posible la página web de la DIAN. Hay cartillas de instrucción, videos del paso a paso y mucha información útil para diligenciar correctamente la declaración de renta”, recomienda Useche.
También se deben preparar todos los soportes sobre ingresos, activos, compras con tarjeta, movimientos bancarios y otros documentos que respalden la información que se va a declarar. En algunos casos, se generará un valor a pagar. Este puede hacerse en línea, pero si no se dispone de medios electrónicos, se debe imprimir el formulario y pagar en un banco.
Una ayuda útil: la declaración sugerida
“Algo positivo es que hoy, a través de la página web de la DIAN, hay una declaración de renta sugerida. Es decir, la DIAN ya tiene la información sobre nosotros, sobre nuestros ingresos, propiedades, y sugiere una declaración”, expresó Useche. Este borrador puede ser un punto de partida para verificar datos, ajustar deducciones y evitar fallos.



