Gobierno fija límites a listas de útiles y uniformes escolares para el año académico 2026

Con el inicio del nuevo calendario escolar, el Ministerio de Educación Nacional reiteró que los colegios públicos y privados del país no pueden imponer a las familias la compra de útiles, textos o uniformes que representen una carga económica innecesaria o se conviertan en un beneficio comercial para las instituciones educativas.

La directriz quedó consignada en la Circular 002 del 8 de enero de 2026, con la cual el Gobierno busca proteger el presupuesto familiar y garantizar el acceso equitativo a la educación. En el documento se advierte que las instituciones no pueden exigir marcas, proveedores específicos ni obligar a adquirir materiales en el mismo colegio o en establecimientos con los que existan convenios.

Libros y listas de útiles: qué está permitido

Según la normatividad vigente, los libros escolares deben tener una vigencia mínima de tres años, con el fin de evitar que los hogares se vean forzados a comprar textos nuevos cada año. Además, toda lista de útiles debe ser aprobada previamente por el consejo directivo de la institución, como lo establece la Ley 115 de 1994, modificada por la Ley 1269 de 2008.

El Ministerio fue enfático en señalar que solo pueden solicitarse materiales con justificación pedagógica. Por ello, está prohibido incluir artículos de aseo personal como papel higiénico o desinfectantes, insumos para botiquines, material administrativo o de uso institucional, así como cualquier elemento que no tenga relación directa con el proceso educativo.

Entre los útiles que sí pueden solicitarse están lápices, esferos, cuadernos, colores, marcadores, reglas, tijeras, pegante, carpetas, escuadras, compases, calculadoras, pinceles, témperas y textos académicos.

Las listas deberán cargarse en la plataforma EVI, lo que permitirá a las secretarías de educación ejercer labores de inspección y vigilancia para verificar su cumplimiento.

Uniformes: solo los estrictamente necesarios

En materia de uniformes, la normativa es clara: los colegios solo pueden exigir un uniforme de uso diario y uno para educación física. Está prohibido solicitar prendas adicionales, introducir diseños especiales o realizar cambios frecuentes, prácticas que, según el Ministerio, afectan la economía de las familias y vulneran el principio de igualdad entre estudiantes.

Calendario académico en Bogotá

En el caso de Bogotá, la Secretaría de Educación del Distrito definió que las clases en los colegios oficiales comenzarán el 26 de enero de 2026 y finalizarán el 29 de noviembre, de acuerdo con la Resolución 2433 del 27 de octubre de 2025.

El calendario contempla recesos durante la Semana Santa (del 30 de marzo al 5 de abril), las vacaciones de mitad de año (del 22 de junio al 6 de julio) y la semana de receso escolar en octubre (del 5 al 11). Para los docentes y directivos docentes se programaron cinco semanas de desarrollo institucional, y el cierre de actividades está previsto para el 6 de diciembre de 2026.

Con estas medidas, el Gobierno busca frenar abusos recurrentes en el inicio del año escolar y garantizar que el acceso a la educación no se vea condicionado por exigencias económicas injustificadas.

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