Nuevo decreto protege a denunciantes de acoso laboral: MinTrabajo

El Ministerio del Trabajo expidió un Decreto Reglamentario que establece nuevas normas para proteger a quienes denuncien acoso sexual en el ámbito laboral y sancionar a los empleadores que tomen represalias en su contra.

El ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, explicó que “el decreto adopta medidas para imponer multas a quienes incurran en despidos y para proteger a las y los trabajadores”. Uno de los puntos clave de la norma es la reglamentación del parágrafo del artículo 14 de la Ley 2365 de 2024.

Sobre las sanciones, el decreto señala que si un empleador despide a una persona durante el proceso de denuncia o dentro de los seis meses posteriores, se presumirá que fue una represalia. En tal caso, el despido será considerado injustificado y podrá imponerse una multa de entre 1 y 5.000 salarios mínimos diarios.

Además, se establece que cuando una persona denuncia acoso sexual en su lugar de trabajo, su empleador no podrá despedirla en los seis meses siguientes. De hacerlo, el despido será inválido. No obstante, existen excepciones: “Esta protección no aplica si el despido es autorizado por el Ministerio del Trabajo o si la persona ya tenía un proceso disciplinario previo a la denuncia”.

Asimismo, si tras los seis meses la persona es despedida y alega que fue en represalia por su denuncia, corresponderá al empleador demostrar lo contrario. Finalmente, el decreto también protege a quienes testifiquen en estos casos, impidiendo que sean despedidos por esa razón.

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